lunes, 21 de abril de 2008

¿Qué es un psicopedagogo?

Muchas veces a mucha gente, ya sean docentes o no, les asalta esta duda y otras como: ¿qué función tiene en el centro?, ¿para qué sirve tenerlo en el centro?, ¿Realmente es útil?... Pues a estas y más preguntas voy a tratar de dar respuesta de manera breve. Partiré de la idea que considero principal, que es que el psicopedagogo no es un maestro, ni un profesor de secundaria, por tanto, su trabajo no es dar clase o elaborar Adaptaciones Curriculares, por ejemplo. Según el DECRETO 234/1997 de 2 de septiembre (D.O.G.V. de 8 de septiembre) por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de los Institutos de Educación Secundaria. En su artículo 85 nos dice que las funciones del departamento de orientación son las siguientes:
  1. Elaborar, de acuerdo a las directrices establecidas por la Comisión de Coordinación Pedagógica, y en colaboración con los tutores, las propuestas de organización de la orientación educativa, psicopedagógica y profesional, así como el Plan de Acción Tutorial, y elevarlas a la Comisión de Coordinación Pedagógica para su discusión y posterior inclusión en los Proyectos Curriculares de Etapa.
  2. Coordinar, de acuerdo a lo establecido en los Proyectos Curriculares de Etapa, la orientación educativa, psicopedagógica y profesional del alumnado, especialmente en lo concerniente a los cambios de ciclo o etapa, y a la elección entre las distintas opciones académicas, formativas y profesionales.
  3. Contribuir al desarrollo del Plan de Orientación Educativa y Psicopedagógica, así como al Plan de Acción Tutorial, de acuerdo a lo establecido en los Proyectos Curriculares de Etapa, y elevar al Consejo Escolar una Memoria sobre su funcionamiento al final del curso.
  4. Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las Adaptaciones Curriculares apropiadas para el alumnado con necesidades educativas especiales, y elevarla a la Comisión de Coordinación Pedagógica, para su discusión y posterior inclusión en los Proyectos Curriculares de Etapa
  5. Promover la investigación educativa y proponer actividades de perfeccionamiento de sus miembros.
  6. Colaborar con el profesorado del Centro en la prevención y detección de problemas de aprendizaje , y en la planificación y realización de actividades educativas y Adaptaciones Curriculares dirigidas al alumnado que presente dichos problemas.
  7. Realizar la evaluación psicológica y pedagógica previa del alumnado para el que se propongan los Programas de Diversificación Curricular y planificar en colaboración con los departamentos didácticos estas enseñanzas, de acuerdo con lo establecido para el currículo de la E.S.O. en la Comunidad Valenciana.
  8. Asumir la docencia de los grupos de alumnado que le sean encargados, de acuerdo a las normas que se dicten con esta finalidad.
  9. Participar en la elaboración del consejo orientador que, sobre el futuro académico y profesional del alumano/a, ha de formularse al término de la E.S.O.
  10. En los Institutos donde se imparta Formación Profesional específica, coordinar la orientación laboral y profesional y colaborar con aquellas otras Administraciones o instituciones competentes en la materia.
  11. Elaborar propuestas para el plan de actividades del Departamento y, al final de curso, una Memoria en la que se evalúe el desarrollo del mismo.
Estas son realmente las funciones del psicopedagogo. A partir de aquí lo que le soliciten de más dependerá de su criterio para realizarlo.